miércoles, 2 de julio de 2014

Justicia  determinó modalidad delictiva con la que  funcionaban los funcionarios de Caminera que fueron procesados


MERCEDES
ALDO DIFILIPPPO



La Suprema Corte de Justicia difundió el auto de procesamiento dictaminado por el Dr.  Marcelo Souto  a los cuatro policías del destacamento de Caminera Mercedes. Como informáramos la semana pasada el Juez Penal de Mercedes dictaminó el procesamiento con prisión de cuatro funcionarios de Policía Caminera por el delito de fraude. Los funcionarios (tres hombres y una mujer) fueron denunciados por la propia Dirección Nacional de Policía Caminera, llevándo se a cabo la investigación a cargo de su Departamento de Asuntos Disciplinarios (que cumple una función similar a la que desempeña Asuntos Internos en la Policía Nacional). La denuncia  se basa  en que los policías recibían beneficios económicos en
detrimento de la administración pública,  tratándose de infracciones cometidas en el departamento de Soriano, y que quedaron al descubierto en un control de rutina de los procedimientos informáticos.

Conclusión. ”Las múltiples pruebas permiten 
concluir que existían operaciones tendientes 
a obtener con engaño un provecho ilícito”, 
donde los ahora procesados habían 
generado una organización en la que cada 
uno desempeñaba un rol.

Múltiples pruebas
Ahora la Suprema Corte de Justicia en su página web  difundió el auto de procesamiento dictaminado por el Dr. Marcelo Souto. El Juez Letrado de Primera Instancia de 1º Turno de Mercedes, procesó a los funcionarios policiales C.M.S.P., E.B.A., D.R.S.G. y M.D.L.A.S.P., por un delito de fraude.
De acuerdo a lo que pudo comprobarse desde  marzo de 2013 realizaban maniobras mediante las cuales obtenían un beneficio económico propio, en perjuicio y detrimento de la administración. Realizando la actividad inherente a su cargo, detenían camiones que trasladaran cargas peligrosas, solicitaban la documentación e inspeccionaban el vehículo. Al detectar infracciones a la normativa vigente, se labraba una boleta de contravención que detallaba los artículos aplicados; detenían el camión, inventariaban los objetos y se lo conducía al destacamento policial. Sin embargo, no ingresaban la infracción al sistema.
Luego de ello, se comunicaban con el dueño del vehículo o de la carga para informarle la situación y el importe de la multa que usualmente asciende a ciento cincuenta Unidades Reajustables o más. Realizaban la operativa con pleno conocimiento de que los propietarios se asustaban y se negaban a pagar la multa debido a su elevado monto. Por tal motivo, ofrecerían solucionar el problema con la entrega de un dinero que rondaba entre los veinte y cuarenta mil pesos o también mil dólares estadounidenes. Luego de entregado el dinero se cerraba el procedimiento, ingresando al sistema de gestión de multas de la Dirección, una multa por un artículo cuyos valores podían variar de entre una y dos unidades reajustables. Una vez entregado el dinero, los efectivos devolvían el vehículo al interesado.
Las cuantiosas sumas de dinero eran repartidas entre los participantes de la maniobra. Al considerar que realizan estas actividades, en general, dos veces por mes, es posible afirmar que percibían entre cinco y diez mil pesos cada uno.
En segundo lugar, cuando alguna persona concurría a abonar la multa, se registraba en los recibos oficiales pero luego el dinero, en lugar de destinarse a lo que refiere la ley, era utilizado en gran parte para el beneficio de estas personas.
En otros casos, cuando se retenía la libreta de conducir por manejar en estado de ebriedad, se le decía que se los inhabilitaría por seis meses si eran primarios y un año en caso de que fueran reincidentes. A su vez, se les mencionaba que la Justicia decidiría respecto al tema y que les iban a encomendar tareas comunitarias. Así, intentaban saber si el infractor necesitaba el vehículo para trabajar, llegando a un acuerdo económico para solucionar la situación y devolverle la libreta. Por intermedio de este mecanismo, recibían entre dos y diez mil pesos realizando entre tres de ellos, la repartición de lo habido.
Según el auto de procesamiento, "las múltiples pruebas permiten concluir que existían operaciones tendientes a obtener con engaño un provecho ilícito y las distintas formas adoptadas para concretarlas" pues además los ahora procesados habían generado una organización donde cada uno de ellos desempeñaba un rol.
La Fiscal solicitó el procesamiento y prisión de C.M.S.P., E.B.A., D.R.S.G. y M.D.L.A.S.P. bajo la imputación de reiterados delitos de fraude, requiriendo además la adopción de medidas cautelares de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 81 del Código del Proceso Penal. El magistrado acogió la solicitud Fiscal en cuanto a la tipicidad pero no hizo lugar a las medidas cautelares.





Continuará
Según quedó establecido en el auto de procesamiento, quedaron  previstas otras instancias, donde deberán comparecer  otros funcionarios de  Policía Caminera; por lo que no se  descarta que pudieran surgir más novedades con respecto a este caso.



PERIODICO CENTENARIO, 2/julio/2014

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