“Todavía no ha habido ninguna instancia en la que la Corte se haya
expedido”
El Presidente de la Suprema Corte de
Justicia, Dr. Jorge Chediak sobre el caso Perrini.
(por Aldo Roque Difilippo)
El Dr. Jorge Chediak Presidente de la
Suprema Corte de Justicia dijo
que “todavía no ha habido ninguna instancia en la que la Corte se
haya expedido. Pese a que por la prensa, y a veces por
observadores internacionales, han dicho que la Corte con
una decisión o con otra podía estar obstaculizando investigaciones o la
posibilidad de perseguir a determinados violadores de Derechos Humanos de
la época de la dictadura”. Como se recordará el 3 de diciembre
pasado informábamos que la Suprema Corte de Justicia había modificado una sentencia
anterior que no admitía la prescripción del caso Aldo Perrini, ocurrido en 1974
en el departamento de Colonia. El Dr. Chediak en diálogo con @gesor comentó
“no ha habido ninguna circunstancia concreta, ninguna sentencia que la Corte haya
analizado”.
En relación a la causa de Aldo
“Chiquito” Perrini la semana pasada hubo alguna decisión de
la Suprema Corte de Justicia que es contradictoria con otra que
había realizado antes, y que pone una traba más en este proceso que
busca la verdad sobre la muerte de esta persona, ocurrida en 1974.
¿Qué nos puede aclarar al respecto?
-La Corte uruguaya es
particularmente celosa de los estándares de protección de los
Derechos Humanos y el cumplimiento efectivo en todos los casos. Usted sabe que
la Corte fue la que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de
caducidad de la pretensión punitiva del Estado. La Corte, como
Corte de Casación, ha sido la instancia final donde se ha
confirmado la sentencia a las dos docenas de violadores a Derechos
Humanos que en el Uruguay están procesados y condenados, con largas penas
que en algunos casos son de más de 25 años; y la Corte hasta el día
de hoy no ha hecho ningún análisis concreto de temas, que si han
estado en la opinión pública.
Todavía no ha habido ninguna
instancia en la que la Corte se haya expedido. Pese a que por la prensa,
y a veces por observadores internacionales, han dicho
que la Corte con una decisión o con otra podía estar obstaculizando
investigaciones o la posibilidad de perseguir a determinados violadores
de Derechos Humanos de la época de la dictadura.
No ha habido ninguna
circunstancia concreta, ninguna sentencia que la Corte haya
analizado.
Ha habido sentencias de
distintos jueces. Hay posiciones de los Fiscales que
difieren, y tampoco se ha dado unanimidad de criterios en los
Tribunales de apelaciones en lo penal, que son la segunda instancia que tienen
distintos criterios respecto a si operó o no la prescripción en
estos casos. Y cómo se debe contar los plazos de prescripción.
Hay un consenso
jurisprudencial en el sentido de que durante el régimen dictatorial
no se podía articular efectivamente una presentación penal contra quienes estaban
violando los Derechos Humanos.
La prescripción empieza a
correr a partir del 1 de marzo de 1985 cuando se restablece la
democracia; pero de allí para adelante hay varias interpretaciones
jurídicas sobre qué ha pasado con la caducidad con la prescripción. Y la
Corte en si, sobre el régimen de prescripción en los delitos concretos no
ha tenido oportunidad de expedirse hasta ahora, en ningún caso.
Ud. tiene ahora la oportunidad
porque el caso paso a la Suprema Corte de Justicia
-La Suprema Corte de Justicia
tiene, que yo haya visto al menos, dos causas, en las cuales deberá
analizarse si operó o no la prescripción de esos delitos a los efectos de
la casación.
¿Cuánto tiempo tiene para ese
proceso?
-Más o menos el promedio
de la Corte son seis meses. La Corte está absolutamente al día. Creo que
por lo menos en Iberoamérica es la única Corte que en un lapso tan
breve resuelve tanto las inconstitucionalidades como las casaciones. Si entre
el traslado a Fiscalía de Corte, en el caso de las
inconstitucionalidades, en el traslado a la otra parte en el caso de las
casaciones, luego los estudios de los cinco ministros de la Corte y el
plazo de redacción de sentencia, estamos siempre en el promedio de seis
mese de duración.
http://www.agesor.com/noticia.php?id=14330
No hay comentarios:
Publicar un comentario