lunes, 15 de septiembre de 2014

Disponibles a partir del 22/9
BPS   difundió calendario de devolución de los excedentes de aportes al FONASA

A partir del próximo 22 de setiembre estará disponible para su cobro, según calendario establecido, los importes correspondientes a la devolución de excedentes  de  aportes FONASA del ejercicio 2011.
Dicha devolución comprende a quienes durante el año 2011 hayan realizado aportes al sistema de salud que superen el tope máximo correspondiente a su cobertura médica y de su familia a cargo.
La devolución de excedentes de aportes al FONASA es el resultado que surge de comparar al 31 de diciembre, los aportes personales realizados en el año al Fondo Nacional de Salud (FONASA) por los meses que la persona fue beneficiario, con la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual por el generante y a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y cónyuge o concubino) incrementado en un 25%, de conformidad con lo establecido por Ley 18.731 de 7/01/2011

¿Quiénes pueden tener devolución de aportes?
Los trabajadores, los jubilados y pensionistas, los titulares de Empresas Unipersonales y Servicios Personales, con aporte y beneficio FONASA durante el año 2011.

¿Cuándo puedo cobrar mi devolución?
A partir del 24 de setiembre de acuerdo al siguiente calendario:




¿Cómo puedo saber si tengo o no devolución?
Están disponibles dos vías de información: Llamando al call center 0800 2016, se ingresa el número de documento y la fecha de nacimiento y en forma automática el sistema le indica si tiene o no devolución.
 Accediendo al sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, en el punto “Consulta Devolución FONASA”, ingresando el número de documento y la fecha de nacimiento, le reporta si tiene o no devolución.



PERIODICO CENTENARIO 15/SETIEMBRE/2014


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