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martes, 24 de febrero de 2026

 Cámara de Diputados aprobó la reducción de impuestos para la venta de combustibles en localidades ubicadas en un radio máximo de 60 kilómetros de pasos de frontera terrestre



“Debemos seguir trabajando para lograr una solución más justa aún y equitativa para todos los uruguayos" comentó la diputada María Fajardo





La diputada María Fajardo sostuvo que el proyecto tiene como objeto incluir a nuevas localidades dentro de los beneficiarios de la devolución del IMESI para contrarrestar la importante diferencia en los precios de la nafta. Afirmó que la normativa vigente, limitada a un radio de 20 kilómetros, resultó perjudicial para los sorianenses y en especial para la actividad comercial, ya que la capital departamental ha sido la principal perjudicada por esta situación. Según explicó, en una estación ubicada a menos de 20 kilómetros de Mercedes se vende la nafta un 36% más barata, lo que ocasiona importantes perjuicios y desigualdades, además de una constante disminución en las ventas para las estaciones locales.

Ante estas inequidades, la legisladora destacó que desde su banca se realizaron innumerables gestiones y presentaciones de iniciativas legislativas para promover medidas de mitigación de impactos negativos. Finalmente, celebró que el gobierno fue receptivo y remitió la propuesta que establece una reducción post-franjas gradual en atención a la distancia de los pasos de frontera. Al votar afirmativamente, manifestó el convencimiento de que su trabajo dio sus frutos, trabajando siempre sin pensar en los colores políticos. No obstante, concluyó que sobre este tema se debe seguir trabajando para lograr una solución más justa aún y equitativa para todos los uruguayos, velando por otras localidades que aún enfrentan situaciones de injusticia.






El proyecto aprobado en Diputados

A) Sean realizadas por estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 (veinte) kilómetros de los pasos de frontera terrestre.

B) Los adquirentes sean consumidores finales y el pago se materialice mediante tarjetas de crédito, de débito u otros instrumentos similares Extiéndese la facultad dispuesta en el inciso anterior para las enajenaciones (ventas de combustible) realizadas por estaciones de servicio no comprendidas en el apartado A) precedente, ubicadas en un radio máximo de 60 (sesenta) kilómetros de los pasos de frontera terrestre. En tal caso, la reducción no podrá exceder del 50% (cincuenta por ciento) de la que se disponga para las enajenaciones efectuadas por las estaciones de servicios comprendidas en dicho apartado.”

 





El Proyecto pasa al Senado para continuar con el trámite parlamentario y, oportunamente, desde el Poder Ejecutivo,  se notificará la entrada en vigencia de los descuentos hoy aprobados.

 


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