Paso
para la Central Hidroeléctica
La Central Hidroeléctrica de Paso será tratada por los ediles
esta noche, tras el informe afirmativo
de la Comisión de Legislación y Peticiones.
Esta noche los
ediles expresarán “El firme interés de este Legislativo
para que la Intendencia de Soriano prosiga las tratativas a fin de lograr la
concreción para la instalación y funcionamiento de una Central Hidroeléctrica
de Paso, a localizarse a unos 30 km aguas abajo de la Represa Constitución
(Palmar), una vez obtenidos los permisos y habilitaciones necesarios”. Tal la conclusión a la que arribó la Comisión
de Legislación y Peticiones.
Dicho
informe expresa textualmente:
“VISTO:
la solicitud de la Intendencia de Soriano que el Legislativo manifieste su
interés en la prosecución de las tratativas para la instalación y
funcionamiento de una Central hidroeléctrica de Paso:
CONSIDERANDO:
I) que según lo expresado por UTE este tipo de emprendimiento promueve la
descentralización de la generación;
II)
que la capacidad de generación va a ser 70 Mw;
III)
que estamos frente a un escenario de energía renovable;
IV)
que se tuvieron en consideración lo aportado en: a) presentación realizada por
Lebon Energía, b) la resolución R 13/1531 de UTE, c) la solicitud de informe
técnico respecto a los impactos realizados por el inversor a la Facultad de
Ingeniería de la República;
V)
que la inversión para la ejecución del proyecto se estima en unos
U$S200:000.000, y que para su construcción demandará de 300 a 500 puestos de
trabajo directos;
VI)
que puede existir la posibilidad de habilitación de un cruce del río entre los
departamentos;
ATENTO:
al Art.273 Inc.10 de la Constitución de la República, se aconseja dar
aprobación al siguiente Proyecto de Decreto;
LA
JUNTA DEPARTAMENTAL DE SORIANO
D
E C R E T A:
Art.1º)
El firme interés de este Legislativo para que la Intendencia de Soriano prosiga
las tratativas a fin de lograr la concreción para la instalación y
funcionamiento de una Central Hidroeléctrica de Paso, a localizarse a unos 30
km aguas abajo de la Represa Constitución (Palmar), una vez obtenidos los
permisos y habilitaciones necesarios.----------------------------------
Art.2º)
Dése trámite
urgente.----------------------------------------------------------------------------------
Art.3º)
Comuníquese,
etc.--------------------------------------------------------------------------------------
COMISION
DE LEGISLACION Y PETICIONES, a 11 de febrero de 2014.-
(Firmado):
LUIS RICO.- RAUL BRUNO GERARDO GANDARA.- URUGUAY GRAÑA.- ANIBAL MENDEZ”.
PUBLICADO
EN www.agesor.com.uy
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