Y también el virtual
Besozzi
propone aumentar las penas para delitos de secuestro
El Diputado Guillermo
Besozzi presentó un proyecto de Ley relativo al delito de
Privación de Libertad. La iniciativa presentada por el diputado
nacionalista prone modificaciones al Código Penal buscando “atacar
o desmotivar la comisión de este tipo de agresiones delictivas”
aumentando las penas “y, por otro lado, busca adecuar nuestra
legislación a nuevas figuras delictivas como lo es el Secuestro
Virtual”. La iniciativa presentada por Besozzi expresa: “ARTÍCULO
1º.- Modifíquese el artículo 281 del Código Penal, que quedará
redactado de la siguiente manera:
“Artículo 281.
(Privación de Libertad). El que de cualquier manera privare a otro
de su libertad personal, será castigado con 2 (dos) a 9 (nueve)
años de penitenciaría.
La pena será de 6
(seis) meses de prisión a 5 (cinco) años de penitenciaría, cuando
el autor o copartícipe del hecho liberara a la víctima de su
cautiverio dentro del tercer día de producido.
ARTÍCULO 2.-
Incorpórese el artículo 348 Bis al Código Penal:
“Artículo 347 Bis.
(Secuestro virtual). El que con estratagemas o engaños artificiosos
indujera en error a alguna persona generando en la víctima el temor
de la privación de libertad propia o de tercera persona, será
castigado con una pena de 18 (dieciocho) meses de prisión a 4
(cuatro) años de penitenciaría”.
Exposición de
motivos
En la exposición de
motivos Besozzi expresa: “Tenemos que lamentar en nuestro país el
avance de modelos delictivos que hasta no hace mucho tiempo ocurrían
en otras latitudes.
El secuestro real y
virtual eran delitos que estaban lejos de la realidad uruguaya pero,
como hemos escuchado decir a las autoridades del Ministerio del
Interior, se preveía que llegaran a nuestro territorio”. Agregando
que “esto ha generado en la sociedad, sin distinción de sectores,
alarma y, el acontecer de éstos delitos, aumenta realmente la
inseguridad en la vida cotidiana de nuestro país. Desde el
Parlamento estamos en la obligación de enviar señales claras a los
ciudadanos que nos han elegido de que en Uruguay se vela por la
seguridad de las personas. No debemos renunciar a cuidar uno de
nuestros más preciados bienes, que es la posibilidad de vivir en
paz.
Nos podrán decir que
vivimos en uno de los países más seguros de la región. Pero
debemos compararnos con nosotros mismos, aspirar a que podamos salir
tranquilos a la calle sin temor de que a uno mismo o a algún
familiar lo puedan secuestrar. No es nuestro Uruguay, no somos así,
no debemos dejar que ocurran en Uruguay delitos que afecten la
libertad de las personas, ni la amenaza de que se secuestre a algún
allegado a cambio de dinero.
Sin desatender a las
causas de las conductas delictivas, debemos ponernos firmes en que
las conductas delictivas se castiguen con severidad y con celeridad”.
Y que “debido a hechos de pública notoriedad acaecidos en los
últimos días la población exige, principalmente de las autoridades
del Ministerio del Interior, actuaciones inmediatas y con resultados
concretos: mayor presencia policial, mayor prevención, mayor
instrucción a sus funcionarios, dotarlos de más herramientas, etc.
La gente está preocupada por el aumento de la violencia sobre las
personas en la comisión de los delitos, y muy preocupada por su
seguridad personal, así como la de sus familias.
Proponemos también la
creación de una nueva figura delictiva, secuestro virtual, que si
bien hasta el momento se encuadraba en un delito de estafa,
entendemos que debe ser tipificada especialmente, dado que el error
al que se induce a la víctima tiene que ver con la privación de
libertad e integridad física propia o de tercera persona allegada.
El secuestro virtual,
una nueva modalidad delictiva que se configura cuando una persona
comunica a otra el secuestro o privación de libertad cuando, en
realidad, esa persona no ha sido privada de libertad sino que esta
incomunicada por algún motivo: perdió el celular, se encuentra en
un lugar donde no hay señal, salió del país y la persona no lo
sabe, etc. El delincuente, conociendo esta situación, se aprovecha
de ella, generando en la víctima el temor de poner en riesgo la
vida, suya propia o de una tercera persona, y así sacar algún
provecho para sí o para un tercero.
El mensaje debe ser
claro, la integridad y la libertad de las personas es nuestro más
preciado bien y lo resguardaremos celosamente”, concluye el
legislador.
PERIODICO CENTENARIO,
24/JUNIO/2015
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