Cámara
de Diputados aprobó la reducción de impuestos para la venta de
combustibles en localidades ubicadas en un radio máximo de 60
kilómetros de pasos de frontera terrestre
“Debemos
seguir trabajando para lograr una solución más justa aún y
equitativa para todos los uruguayos" comentó la diputada María
Fajardo
La
diputada María Fajardo sostuvo que el proyecto tiene como objeto
incluir a nuevas localidades dentro de los beneficiarios de la
devolución del IMESI para contrarrestar la importante diferencia en
los precios de la nafta. Afirmó que la normativa vigente, limitada a
un radio de 20 kilómetros, resultó perjudicial para los sorianenses
y en especial para la actividad comercial, ya que la capital
departamental ha sido la principal perjudicada por esta situación.
Según explicó, en una estación ubicada a menos de 20 kilómetros
de Mercedes se vende la nafta un 36% más barata, lo que ocasiona
importantes perjuicios y desigualdades, además de una constante
disminución en las ventas para las estaciones locales.
Ante
estas inequidades, la legisladora destacó que desde su banca se
realizaron innumerables gestiones y presentaciones de iniciativas
legislativas para promover medidas de mitigación de impactos
negativos. Finalmente, celebró que el gobierno fue receptivo y
remitió la propuesta que establece una reducción post-franjas
gradual en atención a la distancia de los pasos de frontera. Al
votar afirmativamente, manifestó el convencimiento de que su trabajo
dio sus frutos, trabajando siempre sin pensar en los colores
políticos. No obstante, concluyó que sobre este tema se debe seguir
trabajando para lograr una solución más justa aún y equitativa
para todos los uruguayos, velando por otras localidades que aún
enfrentan situaciones de injusticia.
El
proyecto aprobado en Diputados
“A)
Sean realizadas por estaciones de servicio ubicadas en un radio
máximo de 20 (veinte) kilómetros de los pasos de frontera
terrestre.
B)
Los adquirentes sean consumidores finales y el pago se materialice
mediante tarjetas de crédito, de débito u otros instrumentos
similares Extiéndese la facultad dispuesta en el inciso anterior
para las enajenaciones (ventas de combustible) realizadas por
estaciones de servicio no comprendidas en el apartado A) precedente,
ubicadas en un radio máximo de 60 (sesenta) kilómetros de los pasos
de frontera terrestre. En tal caso, la reducción no podrá exceder
del 50% (cincuenta por ciento) de la que se disponga para las
enajenaciones efectuadas por las estaciones de servicios comprendidas
en dicho apartado.”
El
Proyecto pasa al Senado para continuar con el trámite parlamentario
y, oportunamente, desde el Poder Ejecutivo, se notificará la
entrada en vigencia de los descuentos hoy aprobados.